Tres actitudes que los presos odian en los abogados defensores

Es difícil crear relaciones de confianza con el imputado privado de libertad. No está dispuesto a oir sofisticadas teorías penales. Quiere irse a su casa.

Hay algunos gestos o actitudes que pueden romper esa confianza. En mi experiencia como Defensor Penal Público, identifiqué al menos tres conductas indeseadas por los presos.

Que le hagan falsas promesas

En la visita quincenal a la cárcel, muchas veces te encontrabas con el imputado ansioso por salir. Aquello de te vas en 15 dias,  sonaba como esas frases de buen tono para salir del paso.

El preso cuenta los días, como las cuentas de un rosario. Si al día 15 no está afuera, ya no serás creíble.

Por  lo demás, sabemos que en el ejercicio profesional, nunca debes prometer nada más que tu mejor trabajo, y más que prometer, tu cliente debe percibir que estás haciendo tu trabajo.

Que el defensor no conozca la causa

En las conversaciones sobre lo encomendado, el preso siempre manifiesta legítimas dudas sobre algún hecho. Espera que le hagan la interpretación correcta, mediante respuestas coherentes.

Si el defensor no sabe mas o menos a qué hora o en qué lugar ocurrieron los hechos, por ejemplo, creará la imagen propia del abogado flojo y desinteresado. No será confiable.

Es vergonzoso cuando por ejemplo, el abogado lepregunta al preso antes de hacer alguna pregunta a un tetigo en la sala de juicio. Es signo inequívoco de que no sabe algún detalle importante.

Que no lo acompañe en audiencias importantes

El defensor es de confianza, ello significa que se convierte en el apoyo permanente para la resolución del conflicto.

Así por ejemplo, debe estar preparado para solicitar el cese de la prisión preventiva, hacer la preparación y el juicio. 

Si no llegas al debate, el privado de libertad tiene un amplio abanico de posibilidades, pensará que no te interesa la causa, que no la has estudiado o que no tienes las habilidades necesarias para defender.

El defensor es la contención del poder de castigo, debe ser siempre digno de la confianza del imputado preso.

 

Abogado, Doctor en Derecho, Magister en Derecho Penal, Profesor de Derecho Penal, Procedimiento Penal y Litigación Oral.

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