Así lo entiende la Corte de Apelaciones de Rancagua en una sentencia dictada el 16 de noviembre de 2021, que acoge recurso de nulidad contra sentencia del Tribunal Oral en lo penal de la misma ciudad.
Los jueces del Tribunal Oral, absolvieron al acusado indicando que el delito exige “que se produzca una afectación o daño al bien jurídico tutelado”, estimando que se trata de un delito de lesión o de peligro concreto. La Corte
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